El 2 de abril el Ministerio del Interior dispuso la prórroga de las licencias de armas F cuyo período de vigencia venza durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, y hasta dos meses después de su finalización, quedando automáticamente prorrogadas por un período de seis meses desde la fecha de su pérdida de vigencia.
(Orden INT/316/2020, de 2 de abril, por la que se adoptan medidas en materia de armas, ejercicios de tiro de personal de seguridad privada, artículos pirotécnicos y cartuchería, y explosivos, en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19).